PROTECTORADO ESPAÑOL DE MARRUECOS   |   SPANISH PROTECTORATE OF MOROCCO
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REGULARES
 
Real orden circular de 26 de noviembre de 1923
El Rey (q.D.g.) ha tenido a bien disponer que los generales, jefes y oficiales, que hayan servido o sirvan en Fuerzas Regulares Indígenas, y cumplido alguna de las condiciones del adjunto cuadro, usen durante su vida militar, como muestra de sus servicios en tan distinguidos puestos, el distintivo que a continuación se describe.
Consistirá en su emblema de 55 milímetros de altura, bordado en oro, que se llevará sobre el lado derecho del pecho. Dos fusiles o dos lanzas cruzados en aspa, cargados con una media luna y bajo corona
En la parte inferior, a cinco milímetros de distancia y espaciadas cuatro milímetros, se adicionarán tantas barras en rojo de dos milímetros de espesor y de la anchura del emblema, como años completos se haya permanecido en dichos cuerpos. Por cada cinco años se substituirán otras tantas barras rojas por una bordada en oro, de cinco milímetros de espesor, colocada en el lugar de la primera.
Condiciones para su uso
1ª. Un año de permanencia y 20 hechos de armas.
2ª. Dos años de permanencia y 10 hechos de armas.
3ª. Tres años de permanencia y cinco hechos de armas.
4ª. Ser herido, quedando inútil o inválido.
5ª. Un año de permanencia y herido en un hecho de de armas.
6ª. Ser herido en dos hechos de armas.
7ª. Tres años de permanencia (Orden de 6 de mayo de 1938).
Para estos efectos se reputarán como hechos de armas aquellos en que haya sufrido bajas la fuerza que mandaba durante la acción el que aspira al distintivo (...)
Modelos:
Periodo 1923-1931 y desde 1978, con corona real
Periodo 1931-1939, sin corona (en ocasiones suprimida la corona del periodo anterior)
Periodo 1939-1977, con corona abierta
Regulares de Infantería
Colección Legislativa
Regulares de Caballería
Colección particular
Colección particular Colección particular
Colección particular
Diferentes modelos de emblemas de regulares
 
CONTINUARÁ...


Copyright © Antonio Prieto Barrio  —  19.5.2013